El contrato de reserva.
Un contrato de reserva es un documento legal que firman el comprador y vendedor de una vivienda y que, junto a una señal, compromete a las partes a llevar a cabo la compraventa de dicho inmueble.
Con este documento se asegura que la operación se va a realizar, a no ser que se establezca una cláusula donde se indique que se puede rescindir.
Este contrato es habitual en viviendas sobre plano o en proceso de construcción, pero cada vez se usa más para viviendas de segunda mano.
En el caso de viviendas de obra nueva, obliga al promotor a acabar la vivienda con las características estipuladas.
1. Qué debe incluir este contrato.
En cualquier contrato de arras nos vamos a encontrar la siguiente información:
– Datos personales de las partes que intervienen: nombre y apellidos, DNI, dirección…
– Datos de la vivienda objeto de la operación: referencia catastral, dirección, superficie y propiedades anejas, si las tuviera.
– Número del Registro de la Propiedad: para comprobar la titularidad de la vivienda.
– Cantidad de la señal, que suele oscilar entre el 1% y el 5% del precio final.
– Cómo se va a pagar la cantidad restante que queda pendiente.
– Gastos derivados de la compraventa y distribución de estos.
– Certificado de cargas, si las tiene.
– Cláusula de rescisión.
2. Tipos de contratos de reserva de obra nueva.
Existen 2 modalidades de contrato: contrato de reserva en la fase de precomercialización y reserva en la fase de comercialización.
Documento de reserva en fase de precomercialización: es el que se celebrar antes de que la promotora obtenga la licencia de obras y la póliza de avales.
La señal entregada no lleva IVA y el plazo de validez se limita.
No es una reserva vinculante, por lo que se puede desistir y recuperar el dinero que se ha aportado si la compraventa no se lleva a cabo.
Contrato de reserva en fase de comercialización: